Las entidades adheridas dispondrán de un usuario y contraseña única que permite acceder a su área privada en la plataforma.

Los bonos de descuento sólo podrán ofrecerse a la clientela si cumple con los requisitos establecidos en esta convocatoria.

Se tendrá acceso a la información relativa a los bonos utilizados y pendientes.

El establecimiento tendrá que que formalizar en la plataforma cada uno de los bonos utilizados y adjuntar como documentación justificativa el número de DNI (en el caso de nacionales) o número de identificación de extranjero, NIE (en el caso de extranjeros) de la persona compradora y el ticket de compra con la indicación de que el descuento corresponde a una ayuda financiada por el Consell de Mallorca.

La factura simplificada (ticket de compra) se tendrá que emitir respetando los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.

El establecimiento que justifique la venta en un momento posterior asume el riesgo y la ventura sobre la disponibilidad de los bonos que no ha justificado y, en el supuesto de que hayan sido utilizados por el consumidor en otra compra posterior, el beneficiario de la subvención perderá el derecho a los 20 euros de subvención.

Una vez verificado por la Cámara de Comercio el cumplimiento de los requisitos, se llevará a cabo la liquidación y el pago del importe correspondiente a los beneficiarios de las subvenciones, en la cuenta bancaria facilitada para esta finalidad.

Los establecimientos adheridos al programa podrán hacer efectivos los bonos de descuento aplicados y su cobro, con carácter quincenal.